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viernes, 26 de julio de 2013

Cambios en los recibos por honorarios desde agosto

Cambios en recibos por honorarios desde agosto

26 de julio del 2013 | peru21.pe

Sunat adelantó una serie de normas ahora que los trabajadores independientes deben aportar para su jubilación en el sistema privado o en el nacional.

Presta atención a estos cambios. (Perú21)
Presta atención a estos cambios. (Perú21)
Richard Abecasis
rabecasis@peru21.com

Desde el próximo jueves, los recibos por honorarios de los trabajadores independientes deberán incluir el monto y el porcentaje de los aportes previsionales que realizarán al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado.
La Sunat modificó ayer el reglamento de pago de comprobantes de pago, cambió los requisitos para emitir recibos por honorarios y varió la información que debe contener el libro de ingresos y gastos para trabajadores del régimen de cuarta categoría.
¿Qué novedades se incluyen? Aquí va el detalle. Ahora, los trabajadores independientes empezarán a aportar obligatoriamente desde el 1 de agosto a la ONP o a una AFP.
El monto y la tasa de descuento del aporte figurará en el recibo debajo de la retención por Impuesto a la Renta (IR) y otros tributos.
Los libros y registros tributarios vinculados a asuntos tributarios deberán contener, adicionalmente, los aportes obligatorios de los contribuyentes de impuesto a IR decuarta categoría (independientes).
Esta información se incluirá también en la versión electrónica de los recibos por honorarios. Para ello deberá acercarse hasta el local de la Sunat e indicar cuál es el régimen pensionario al que se encuentre afiliado. El monto de aporte se ingresará de manera manual.
PRIMEROS RESULTADOS
La Sunat elevó el control de los servicios para los trabajadores bajo el régimen de cuarta categoría. Para ello, ha analizado la declaración de los ingresos de 40 mil personas.

También se realizará un mayor control de los gastos indebidos de las empresas que utilizan facturas para tributar compras personales o domésticas de manera errónea.

lunes, 24 de septiembre de 2012

¿Si dejo de aportar, pierdo mi fondo de AFP?


¿Si dejo de aportar, pierdo mi fondo de AFP?

Lunes 24 de septiembre del 2012 | Peru21.pe

El ahorro acumulado solo le pertenece al afiliado y le servirá para que obtenga una pensión cuando se jubile.


Alicce Cabanillas
acabanillas@peru21.com
El ahorro que un trabajador constituye con sus aportes a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFPes solo de él y le servirá para financiar su pensióncuando llegue el momento de su jubilación, explica PrimaAFP.
Por ello, debe saber que si deja de aportar durante meses o años –ya sea porque perdió el trabajo o decidió ser independiente– lo que ha acumulado permanece en laAFP y sigue creciendo de acuerdo a la rentabilidad que obtenga la administradora.
¿SE PUEDE RECUPERAR?
El dinero nunca se pierde, aclara Prima AFP. Y si no recuerda en qué administradora está, acuda a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La página web de esta entidad cuenta con un sistema que le permite averiguar si está o no afiliado a este sistema.
Solo debe ingresar a www.sbs.gob.pe, buscar en la parte superior la opción Portal del Usuario, y luego ubicar la pestaña Sistema Privado de Pensiones. Al hacer clic,escoja la pestaña Consulta de Afiliados.
En esa sección, deberá ingresar sus nombres y apellidos completos así como el número de su DNI, inmediatamente le generarán un código de afiliado y la información de la AFP en la que están sus aportes.
César Chang, gerente central de operaciones de AFPIntegra, precisa que si bien pudieron pasar años desde su último aporte, su fondo se ha seguido capitalizando, es decir, ganando rentabilidad.
Para obtener el detalle del monto, ingrese a la web de laSBSuse su código de afiliado y solicite una clave. Con este dato, podrá solicitar, también vía Internet, esta información.
Debe saber que las páginas web y las líneas telefónicas de las AFP también brindan este detalle.

Nota de Perú Ahora